Pasar al contenido principal
Image
Turismo
Turismo

¿Por qué Montevideo?

  • 1# en LATAM en ranking de satisfacción turística
  • Principal destino turístico del país
  • Más de un millón de visitantes por año con una estadía media superior a 5 días.
  • Montevideo destino turístico inteligente
  • Mejor destino sudamericano de cruceros (World Travel Awards, 2019)

Incentivos del sector

En Uruguay existe un amplio marco normativo que beneficia al inversor. Algunas normas son de carácter general para todos los sectores y otras son específicas para el sector turismo. Existen incentivos específicos para el sector turístico (Decreto 175/003) y para los hoteles condominio (Decreto 404/010 y 059/012).

A - Régimen específico de promoción de inversiones para el Sector Turístico (Decreto 175/003)

El Decreto clasifica las actividades turísticas en dos grupos, aplicando incentivos diferentes a cada uno:

a) Para Proyectos Turísticos: actividades de servicio de alojamiento, culturales, comerciales, para congresos deportivos, recreativos, de esparcimiento o de salud, que conformen una unidad compleja realizada para la captación de demanda de turismo:

obra civil: se exonera el IVA de la importación de bienes destinados a ella, se genera un crédito a favor por el IVA de compras en plaza, exoneración del Impuesto al Patrimonio por 11 años y del 50% de los tributos que graven la importación de esos bienes. A efectos del IRAE la inversión puede ser amortizada en 15 años.

Equipamiento: se exonera el IVA de la importación de bienes destinados a ella, se genera un crédito a favor por el IVA de compras en plaza, exoneración del Impuesto al Patrimonio por 5 años y del 50% de los tributos que graven la importación de esos bienes. A efectos del IRAE el equipamiento puede ser amortizado en 5 años.

b) Para hoteles, apart-hoteles, hosterías, moteles y estancias turísticas construidas o a construirse:

para equipamiento, se exonera el IVA de la importación de bienes destinados a ella, se genera un crédito a favor por el IVA de compras en plaza, exoneración del Impuesto al Patrimonio por 5 años y del 50% de los tributos que graven la importación de esos bienes.

B - Régimen específico de promoción de inversiones para los Hoteles Condominio (Decretos 404/010 y 059/012)

Se declara promovida la actividad desarrollada por los Hoteles Condominios, pudiéndose acoger los mismos a diversos beneficios, entre los que se destacan:

a. Crédito por el IVA incluido en las adquisiciones en plaza de bienes y servicios con destino a la construcción.

b. Exoneración del IVA a las importaciones realizada por la empresa promotora de los bienes con destino a la construcción

c. Exoneración a la empresa promotora por las importaciones de materias y bienes necesarios para la construcción, debiendo optar por uno de los siguientes regímenes: i) 100% de los tributos que gravan los bienes mencionados declarados no competitivos de la industria nacional debiendo pagar la totalidad de los tributos que gravan los bienes competitivos de la industria nacional; ii) 50% de los tributos que gravan la totalidad de los citados bienes

 

Beneficios para los turistas

  • Devolución del IVA en las adquisiciones de bienes y servicios relacionados con la actividad turística, para las personas físicas no residentes. Se incluyen: servicios de comida brindados por establecimientos gastronómicos y de hospedaje; servicios para fiestas y eventos; arrendamientos de vehículos sin chofer.
  • Devolución del 10,5% del precio del arrendamiento de inmuebles con fines turísticos, para personas físicas no residentes. Los arrendamiento deberán realizarse con Inmobiliarias registradas y el medio de pago utilizado deberá ser tarjeta de débito o crédito (no corporativas) emitidas en el exterior.
  • Régimen Tax Free: para compras realizadas en comercios adheridos al sistema. En los pasos de frontera: Aeropuerto Internacional de Carrasco, Aeropuerto de Laguna del Sauce, Puerto de Montevideo, Puerto de Colonia, Terminal de Arribos de Cruceros de Punta del Este, Puente Salto-Concordia, Puente Paysandú-Colón, Puente Fray Bentos-Puerto Unzué y Chuy, se deberán presentar las facturas de las compras realizadas para obtener el beneficio.
  • IVA Cero en Hoteles: beneficio válido para extranjeros presentando documento de identidad emitido en el exterior.
Videos